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El uso del coche ganancial familiar en un procedimiento de divorcio

El uso del coche ganancial familiar en un procedimiento de divorcio

GIGANTE ABOGADOS, despacho de abogados de derecho de familia y divorcios en Jaén y Vigo, explica el uso del coche ganancial familiar en un procedimiento de divorcio.

De este modo, GIGANTE ABOGADOS continua con su blog semanal destinado a solventar dudas en materia de derecho de familia, o como coloquialmente se dice, de divorcios.

Queremos ayudarte para que conozcas cuestiones de utilidad, y en este caso como se soluciona el uso del coche ganancial familiar en un procedimiento de divorcio.

Tenemos dos fines, el primero ayudarte para que conozcas cuestiones que te pueden ser de utilidad y, en segundo lugar, que con esos conocimientos se consiga evitar conflictividad.

Una de las cuestiones que nos suelen preguntar con frecuencia ante una situación de crisis de pareja, es el uso del coche familiar, cuando este es ganancial.

Este tipo de medidas se resuelve en el procedimiento de liquidación de gananciales con carácter general.

Lo habitual, es que este tipo de medidas se deje para el procedimiento de liquidación de gananciales, ya que no se encuentra regulado en el artículo 91 del Código Civil.

Así la Audiencia Provincial de Jaén en Sentencia de 22 de Junio de 2022, dictaminó que es una cuestión sobre la que no cabe hacer pronunciamiento en sede de un procedimiento de divorcio.

No obstante, lo cierto es que cuando existen menores que pueden beneficiarse por el uso del vehículo, son cada vez más las sentencias de divorcio que acuerdan establecer su uso.

Se atribuye el uso del vehículo familiar a un progenitor, cuando hay repercusión positiva en favor de los hijos.

Así la Sentencia de 21 de Junio de 2021 dictada por la misma Audiencia Provincial de Jaén dictamina:

La atribución del uso del vehículo familiar a la progenitora toda vez que todo apunta a una necesidad más imprescindible en su caso y con una repercusión a favor de los hijos”.

Llamará la atención al lector la diferencia de criterio de la misma Audiencia Provincial, en casos prácticamente idénticos y con apenas un año de diferencia.

Cierto es que los magistrados firmantes de ambas resoluciones eran diferentes, pero cierto que sería recomendable cierta uniformidad de criterio en favor del justiciable.

Recomendamos solicitar el uso del vehículo familiar ganancial en un procedimiento de divorcio cuando existe beneficio en su uso para el menor de edad.

Con independencia, de esta cuestión insistimos que son más los juzgados que atribuyen el uso del vehículo familiar en gananciales.

Así la Sentencia de la Audiencia provincial de Cádiz de 26 de Septiembre de 2022 establece que:

La atribución a la esposa, pues es esta la que trabaja y necesita el vehículo para desplazarse al trabajo, todo ello en beneficio de los hijos”.

A modo de resumen:

El uso del vehículo ganancial es una cuestión que se resuelve en la liquidación de gananciales.

No obstante, los juzgados comienzan a atribuir el uso del vehículo ganancial familiar a cualquiera de los progenitores en beneficio de los hijos.

Se debe acreditar que los menores de edad se benefician por la atribución del uso del vehículo a uno de los progenitores.

Por lo tanto, lo importante es acreditar que los menores de edad se benefician, por la atribución del uso del vehículo a uno de los progenitores.

Por ello, en este tipo de procedimientos lo mejor es contar con abogados especializados en familia.

Dicho esto, y si tenéis una situación parecida, antes de actuar, aconsejamos consultar con abogados que se dediquen al derecho de familia en Jaén y Vigo, que os asesoren.

Y es que cada caso es diferente, y habrá que estar a las circunstancias concretas de cada caso.