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GIGANTE ABOGADOS

La caza furtiva y las redes sociales ¿Una fotografía o un video permite iniciar acciones legales frente a un furtivo?

Gigante Abogados, vuestro despacho de abogados en Jaén y Vigo, en derecho cinegético, o como llamamos, derecho de caza, y que presta servicios en toda España, quiere tratar sobre el fascinante mundo de la caza, y para ello dispone de un blog que puedes consultar pinchando aquí. Hoy trataremos sobre la caza furtiva, y en concreto de su incidencia en las redes sociales.

Nos sorprende, como últimamente, y por desgracia para nuestro sector, son noticia hechos cometidos por gente que en ningún caso se les puede llamar cazadores, y que posteriormente suben a redes sociales.

Así, el último hecho han sido varios furtivos (omito emplear la palabra cazador) detenidos por la Guardia Civil tras subir a redes sociales fotografías con trofeos decapitados de especies no cazables. No obstante, a todos nos viene a la cabeza un video de un señor pisando la cabeza a un zorro, o de unos señores corriendo liebres con galgo desde un coche.

Parece ser que hay personas que creen que después de cazar un animal sin la correspondiente autorización, bien del titular de la explotación, bien de la Consejería correspondiente, pueden subir la foto a redes sociales (Facebook, Whatsapp o Instagram), y ya no pasa nada.

Pues deben saber que se equivocan y es que los trofeos deben estar justificados en cuanto a su procedencia. En Andalucía la   Orden de 2 de mayo de 2012, conjunta de las Consejerías de Agricultura y Pesca y Medio Ambiente señala que:

Los trofeos de caza podrán ser destinados a talleres de taxidermias autorizadas por la propia persona cazadora o a través de una tercera. En ambos casos serán transportadas en medios que impidan la salida de restos orgánicos, y precintados, permitiéndose que los cuernos queden fuera del mismo, con destino a taxidermias autorizadas, acompañados del correspondiente documento, para su posterior remisión por el titular de dicha planta a la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca y expedido por:

  1. a) El/la veterinario/a autorizado/a.
  2. b) En el caso de rececho y aguardo, por el guarda del coto o persona responsable de la actividad cinegética.

Los precintos descritos en el punto anterior serán de color verde, numerados, con indicación de la fecha de la captura y el número de coto.

Las personas titulares de los cotos y las personas titulares de los trofeos conservarán las copias de los documentos de acompañamiento durante al menos dos años desde su emisión, estando a disposición permanente de la autoridad que los pudiese solicitar.

Es decir, que durante dos años te pueden exigir que acredites de donde proviene el animal cazado, exigiendo toda la documentación de acompañamiento reseñada, por lo que es muy importante guardarla, ya que sino la tienes se puede presumir que su caza no ha sido realizada legalmente.

Por lo tanto, aquí nos podríamos enfrentar a dos sanciones, una relativa a la referida Orden de 2 de Mayo de 2012, y otra frente a la Ley de Flora y Fauna de Andalucía y su reglamento.

Pero es más es que tanto la Administración Pública como el propietario del acotado donde se haya producido la acción ilegal, pueden exigir las responsabilidades civiles correspondientes por la muerte del animal, que en Andalucía se fijan en el Decreto 126/2017, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía, y os los dejamos para vuestro conocimiento:

CAZA MAYOR VALOR EUROS INCREMENTO POR TROFEO
BRONCE PLATA ORO
Cabra montés (Capra pyrenaica) 4.929 143 214 357
Ciervo (Cervus elaphus) 1.896 143 214 357
Corzo (Capreolus capreolus) 1.517 143 214 357
Gamo (Dama dama) 1.517 143 214 357
Jabalí (Sus scrofa) 578 71 143 214
ESPECIES ALÓCTONAS O EXÓTICAS
Muflón (Ovis musimon) 1.517 143 214 357

 

A estos precios, este despacho entiende que se les debe incrementar el IVA, como no puede ser de otra manera.

Esperamos que estas breves notas os resulten de utilidad para el disfrute de la caza, y que cuando salgáis al campo lo hagáis con la máxima tranquilidad, y es que GIGANTE ABOGADOS, como despacho de derecho de caza en Jaén y Vigo, tiene como objetivo que los cazadores tengan el máximo conocimiento legal, dadas las innumerables normativas que nos rigen hoy en día.