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Pensión de alimentos cuando el hijo mayor de edad estudia fuera del domicilio familiar

Pensión de alimentos cuando el hijo mayor de edad estudia fuera del domicilio familiar

GIGANTE ABOGADOS, despacho de abogados de derecho de familia en Jaén, que presta servicios en toda España, trata hoy sobre la pensión de alimentos cuando el hijo mayor de edad estudia fuera del domicilio familiar.

Este despacho tiene como fin solventar dudas en materia de derecho de familia, o como coloquialmente se dice, de divorcios, y para ello tiene un blog de derecho de familia.

Este despacho tiene como fin solventar dudas en materia de derecho de familia.

Queremos ayudarte para que conozcas cuestiones que te pueden ser de utilidad y, en segundo lugar, que con esos conocimientos se consiga evitar conflictividad.

Pues bien, hoy no hay duda de que en un procedimiento matrimonial se puede fijar pensión de alimentos para los hijos mayores de edad.

Ello es así, porque el legislador modificó el artículo 93 del Código Civil que expone:

“Si convivieran en el domicilio familiar hijos mayores de edad o emancipados que carecieran de ingresos propios, el Juez, en la misma resolución, fijará los alimentos que sean debidos.”

La duda que surge es quién es el progenitor que debe solicitar alimentos en nombre del hijo, y no es otro, que el progenitor con quién conviva el mayor de edad.

Por eso, uno de los supuestos dudosos o controvertido, es que sucede con el hijo mayor de edad que estudia fuera.

El Tribunal Supremo aceptó que el progenitor solicite alimentos para el mayor de edad, en supuestos de estudios de formación profesional en otra localidad.

Así el Tribunal Supremo en Sentencia de 12 de Junio de 2020 aclaró este tema.

El Tribunal Supremo aceptó que el progenitor solicite alimentos para el mayor de edad, en supuestos de estudios de formación profesional en otra localidad.

El mayor de edad, a pesar de estudiar fuera, tenga su convivencia en el seno familiar.

El mayor de edad, a pesar de estudiar fuera, debe tener su convivencia en el seno familiar.

Para ello deben cumplirse dos requisitos:

  • Que el mayor de edad, a pesar de estudiar fuera, tenga su convivencia en el seno familiar.
  • Que el progenitor que solicite alimentos cuente con la debida autorización del mayor de edad para su solicitud.

Por ello, el progenitor que conviva con el hijo mayor de edad, si puede solicitar pensión de alimentos a favor de su hijo, si reside fuera a los solos efectos de formación.

Por ello, en este tipo de procedimientos es muy importante contar con el asesoramiento de abogados especializados en familia.

Dicho esto, y si tenéis una situación parecida, antes de actuar, aconsejamos consultar con abogados que se dediquen al derecho de familia en Jaén y Vigo, que os asesoren.

Y es que cada caso es diferente, y habrá que estar a las circunstancias concretas de cada caso.