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La economía sumergida en un procedimiento de familia

La economía sumergida en un procedimiento de familia

GIGANTE ABOGADOS, despacho de abogados de derecho de familia y divorcios en Jaén y Vigo, que presta servicios en toda España, os explica la economía sumergida en un procedimiento de familia.

De este modo, GIGANTE ABOGADOS continua con su blog semanal destinado a solventar dudas en materia de derecho de familia, o como coloquialmente se dice, de divorcios.

Tenemos dos fines, el primero ayudarte para que conozcas cuestiones que te pueden ser de utilidad.

En segundo lugar, que con esos conocimientos se consiga evitar conflictividad.

Sería ingenuo negar que existe la economía sumergida.

Sería ingenuo por nuestra parte, negar que existe economía sumergida, o que en ciertos sectores profesionales hay una cierta incidencia en economía sumergida.

La economía sumergida en un procedimiento de familia, tiene una gran importancia, una vez incide en el patrimonio de los cónyuges o progenitores.

La economía sumergida en un procedimiento de familia incide en el patrimonio de los cónyuges o progenitores.

Así va a influir en aspectos importantes, como en la pensión de alimentos, si se consigue acreditar la misma.

Y es que alegar ganancias por economía sumergida no va tener más trascendencia, sino se acredita la misma.

La Audiencia provincial de Jaén en Sentencia de 22 de Noviembre de 2021 señala tal obligación de acreditar tal circunstancia a quién la alega:

En todo caso, no se acredita los ingresos que percibiría la madre en esta supuesta economía sumergida, carga de la prueba que recae sobre la parte actora.

Corresponde a quién la alega acreditar la economía sumergida en un procedimiento de familia.

Como se puede acreditar ganancia o ingresos en economía sumergida:

  • Por la propia declaración de la parte que trabaja en economía sumergida, que puede tener dificultad para acreditar cierto nivel de vida.
  • A través de testigos para los que haya trabajado.
  • Anuncios de actividades o de trabajos realizados en redes sociales
  • Mediante informe de un detective privado .
  • Ingresos bancarios no justificados.
  • Por un excesivo patrimonio no justificado (coches y casas de lujo)
  • Por la existencia de gastos pagados sin percibir ingresos.

A modo de ejemplo el Juzgado de Familia de Jaén en Sentencia de 3 de Febrero de 2022 señaló:

“Hizo un ingreso en efectivo por importe de 17.950 €, cantidad que en su interrogatorio dijo que procedía de extracciones de otras cuentas y de trabajos que se iban cobrando, aunque no dio ninguna otra precisión sobre las cuentas de las que puede verse sacado ese dinero o los trabajos que se habían cobrado.

Lo que evidencia que su capacidad económica y de la mercantil de la que es titular es superior a la que pretende hacer valer.”

De los propios, movimientos bancarios se puede probar la realidad económica o verdadera ganancia de las partes.

La Audiencia provincial de Jaén en Sentencia de 28 de Octubre de 2021 igualmente por los propios gastos de una de las partes dedujo economía sumergida:

“Por ello, debemos concluir que necesariamente el Sr. Luis Angel tiene que estar trabajando en economía sumergida..

El padre estaría pagando la mitad de las clases de inglés y la mitad del Master Universitario en Psicopedagogía..”

La dificultad que entraña la economía sumergida es acreditar la cuantía del ingreso.

La dificultad que entraña la economía sumergida es acreditar la cuantía del ingreso, pero en ese sentido nos gusta una Sentencia de la Audiencia Provincial de Granada de 19 de Febrero de 2021:

La constatación de percepción de ingresos derivados del ámbito de la economía sumergida hace cobrar mayor relevancia a las presunciones.

Es decir las presunciones cobran una papel importante en contra de quién se ha puesto en una situación de difícil probanza.

Por lo tanto, es fundamental acreditar la economía sumergida en base a cualquier tipo de prueba.

En este tipo de procedimientos lo mejor es contar con abogados especializados en familia.

Por ello, en este tipo de procedimientos lo mejor es contar con abogados especializados en familia.

Dicho esto, y si tenéis una situación parecida, antes de actuar, aconsejamos consultar con abogados que se dediquen al derecho de familia en Jaén y Vigo, que os asesoren.

Y es que cada caso es diferente, y habrá que estar a las circunstancias concretas de cada caso.