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La suspensión de la patria potestad

La suspensión de la patria potestad.

GIGANTE ABOGADOS, vuestro despacho de abogados de derecho de familia y divorcios en Jaén y Vigo, y que presta servicios en toda España, os explicará en el presente post, que es la suspensión de la patria potestad.

De este modo, GIGANTE ABOGADOS continua con su blog semanal destinado a solventar dudas en materia de derecho de familia, o como coloquialmente se dice, de divorcios.

Tenemos dos fines, el primero ayudarte para que conozcas cuestiones que te pueden ser de utilidad y, en segundo lugar, que con esos conocimientos se consiga evitar conflictividad.

Si hace unos días hablábamos de la privación de la patria potestad, cuyo post puedes consultar pinchando aquí, hoy hablamos de la suspensión de la patria potestad.

Las decisiones más importantes en la vida del menor se toman en base a la patria potestad

Las decisiones más importantes en la vida del menor se toman en base a la patria potestad y en concreto las siguientes:

  • Cambio de domicilio del menor fuera del municipio de residencia habitual y traslado al extranjero, salvo viajes vacacionales.
  • Elección inicial o cambio de centro escolar.
  • Determinación de las actividades extraescolares o complementarias.
  • Celebraciones sociales y religiosas de relevancia(bautismo, primera comunión y similares en otras religiones).
  • Actos médicos no urgentes que supongan intervención quirúrgica o tratamiento médico de larga duración o psicológicos

Los padres deben velar  por sus hijos, los tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.

Pero la patria potestad impone obligaciones, y la reciente Sentencia del Juzgado de Familia de Jaén nos las recuerda:

“Que los padres velen por sus hijos, los tengan en su compañía, los alimenten, los eduquen y les procuren una formación integral”

Esta falta de cumplimiento de deberes de patria potestad, puede dar lugar a la privación de patria potestad.

Para privar la patria potestad se debe acreditar un abandono completo de la relación, y un desinterés que cause un perjuicio a la menor.

Si esto último no se acredita, lo que se puede es suspender la patria potestad y otorgarle a un progenitor la potestad de actuar ante instancias educativas, sanitarias y administrativas.

La suspensión de la patria potestad puede ser limitada en el tiempo.

Este despacho en reciente asunto, consiguió que esta suspensión de patria potestad fuera limitada en el tiempo, hasta que se tramitará un procedimiento de guarda y custodia.

Así la referida Sentencia del Juzgado de Familia de Jaén señala:

Dicha atribución se realiza temporalmente por plazo máximo de dos años, salvo que antes, se tramita y concluya procedimiento para regular las relaciones paternofiliales.

Dicho esto, y si tenéis una situación parecida, antes de actuar, aconsejamos consultar con abogados que se dediquen al derecho de familia en Jaén y Vigo, que os asesoren.

Y es que cada caso es diferente, y habrá que estar a las circunstancias concretas de cada caso.