d
Follow us
  >  Familia y Divorcios   >  Mi ex no se quiere ir de casa
mi ex no se va de casa

Mi ex no se quiere ir de casa

GIGANTE ABOGADOS, vuestro despacho de abogados de derecho de familia en Jaén y Vigo, y que presta servicios en toda España, continua con su blog semanal destinado a solventar dudas en materia de derecho de familia, o como coloquialmente se dice, de divorcios, con dos fines, el primero ayudarte para que conozcas cuestiones que te pueden ser de utilidad y, en segundo lugar, que con esos conocimientos se consiga evitar conflictividad.

Si bien, en uno de nuestros primeros artículos hablamos si en caso de ruptura matrimonial, uno de los cónyuges se podía ir de casa, y que podéis volver a consultar pinchando aquí, otra de las cuestiones que más dudas suscitan, es cuando nos encontramos en procedimientos de separación o divorcio, o en meras parejas que viven juntas, es cuando la ex pareja que no es el dueño de la casa no se quiere marchar.

En primer lugar, debemos aclarar que en cuanto una persona vive en un domicilio, este pasa a ser su morada, por lo que, desde este momento, ya os manifestamos que no se puede obligar, véase con el cambio de cerradura, a que esta persona se vaya, sino que tendremos que acudir, en caso de negativa persistente, al auxilio judicial, ya que podríamos incurrir en un delito.

Es muy importante, saber si ha habido o no hijos en común, dado que si existen menores de edad, esta es su vivienda habitual, por lo que lo normal será que el cónyuge que se quede la custodia, si fuera exclusiva, este será el que siga viviendo en la casa, como os indicamos en anterior artículo. En otro caso, a falta de pacto, habría que solicitar unas medidas provisionales, anteriores a la guarda y custodia o el divorcio, para que el juzgado decidiera quién se queda provisionalmente con el uso de la casa, hasta la definitiva sentencia.

Si no hay hijos, habrá que ver quién es el titular de la casa, resultando que se podría instar el desahucio por precario al no titular. En estos casos, hay que tener en cuenta también si la vivienda tiene hipoteca, y si los dos o solo uno de ellos se ha hecho cargo de la misma.

Por último, si la casa es de ambos cónyuges o de la pareja, en los mismos o diferentes porcentajes, habrá que extinguir el condominio en el procedimiento que corresponda.

Por lo tanto, en todos estos casos lo primero sería buscar un acuerdo entre las partes, y en caso de no conseguirlo, acudir al auxilio judicial, a través de diferentes procedimientos, que dependerán de cada situación particular.

Pero insistimos, NUNCA se deber acudir a la vía de hecho de poner las maletas fuera de la casa, o al cambio de cerradura por las negativas repercusiones que ello tendría.

Por todos estos motivos, y dada la especialidad de la materia, en estos casos y antes de actuar, aconsejamos consultar con abogados que se dediquen derecho de familia en Jaén y Vigo, que os asesore, dado que cada caso es diferente, y habrá que estar a las circunstancias concretas de cada caso.